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Receta Electrónica Privada

La Receta Electrónica Privada se encuentra ya en su fase definitiva. A la izquierda podrá encontrar los documentos del diseño funcional y del diseño técnico de la misma.

Para poder operar es necesario que las empresas suministradoras de software cumplan con un proceso de homologación y certificación.

A continuación tienen un listado de las empresas que ya han conseguido dicha certificación para operar.

Contingencia COVID-19

Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han trabajado conjuntamente para habilitar una versión sim-plificada del Sistema de Receta Electrónica Privada para operar, de manera temporal como solución de contingencia como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. Esta solución facilita el acceso a los tratamientos prescritos con las garantías sanitarias para los pacien-tes.
Como consecuencia de la situación derivada del COVID-19, y las medidas adoptadas por las autorida-des competentes en el actual Estado de Alarma, se han reducido muy significativamente los desplaza-mientos de los pacientes a las consultas físicas en los centros sanitarios (clínicas, hospitales), sobre todo de personas de especial riesgo ante el COVID-19. En estas circunstancias, y dado que los pacien-tes que reciben asistencia médica en el ámbito privado siguen requiriendo el acceso a sus tratamientos, una parte importante de facultativos está acudiendo a la tele medicina, sin la presencia física del pa-ciente. En estos casos, y para poder prescribir a distancia, es necesario disponer de sistemas de receta electrónica con garantías para los pacientes.
A tal efecto, los Consejos Generales antes citados han puesto a disposición una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica que contiene las funcionalidades básicas de la misma (dispensación, sustitución, anulación), incluyendo la comprobación de la habilitación de los facultativos, que se ha de-nominado “e-Receta Contingencia COVID-19”.
Cualquier entidad o empresa interesada en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas médicas electrónicas privadas podrá seguir los siguientes pasos:
1. Contactar con el Consejo General de Médicos, a los efectos de obtener una homologación tem-poral de su Sistema que le permita emitir recetas médicas en formato electrónico que serán válidas para su dispensación en las farmacias comunitarias.
2. Suscribir el documento adjunto, asumiendo los compromisos y condiciones necesarios para preservar las necesarias garantías de confidencialidad de los pacientes y el cumplimiento de la normativa sanitaria de aplicación.
3. Superar las pruebas de integración necesarioas para garantizar la interoperabilidad de su sis-tema.
Puede consultar el documento de “TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVI-CIOS DE PLATAFORMA DE PRESCRIPCIÓN HOMOLOGADA TEMPORALMENTE EN EL SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA PRIVADA EN CONTINGENCIA POR EL COVD-19” en el siguiente en-lace:(https://www.portalfarma.com/Profesionales/medicamentos/e-receta-privada/Docu-ments/2020-terminos-condiciones-e-receta-covid-19.pdf)

El elemento fundamental del procedimiento de homologación temporal que se ha establecido es el de la interoperabilidad, que requiere de la adopción de determinados estándares técnicos por las entida-des interesadas en la homologación temporal de su plataforma de prescripción en el sistema para posibilitar el intercambio de información entre ellos.

La definición de los mecanismos y especificaciones técnicas mínimas que permitirán garantizar la plena interoperabilidad para que las prescripciones electrónicas realizadas en el sistema puedan ser dispensadas en cualquier farmacia puede consultarse en el documento al que puede acceder a través del siguiente enlace: (https://www.portalfarma.com/Profesionales/medicamentos/e-receta-privada/Documents/2020-definicion-mecanismos-especificaciones-tecnicas-minimas-e-receta-covid-19.pdf)
El flujo para obtener la homologación temporal de su sistema que cualquier entidad interesada en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas médicas electrónicas privadas debe seguir, puede consultarse a través del siguiente enlace (https://www.portalfarma.com/Profesionales/me-dicamentos/e-receta-privada/Documents/2020-flujo-procedimiento-homologacion-temporal-plataformas-e-receta-covid-19.pdf)

Madrid, a 26 de marzo de 2020.

Madrid, 4 de noviembre de 2019

En relación con el establecimiento del sistema de receta médica privada electrónica, los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos informamos de que estamos trabajando en consensuar unos estándares mínimos de interoperabilidad, para que un medicamento prescrito electrónicamente en el ámbito de la Sanidad privada pueda ser objeto de dispensación en cualquier oficina de farmacia del territorio nacional, en los términos establecidos en el artículo 14.4 del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, con plena garantía de seguridad en el acceso y transmisión de la información y protección de la confidencialidad de los datos personales, así como del cumplimiento de los requisitos obligatorios para las recetas médicas establecidos en la normativa sanitaria vigente.

Como se desprende de dicho artículo, uno de los elementos fundamentales del procedimiento de homologación es el de la interoperabilidad, que requiere de la adopción de determinados estándares técnicos por los agentes involucrados en el sistema para posibilitar el intercambio de información entre ellos. Los trabajos de colaboración entre las organizaciones colegiales competentes se encaminan a ofrecer una definición de los mecanismos técnicos mínimos que permitirán garantizar la plena interoperabilidad con carácter nacional.

Para establecer el marco jurídico de colaboración que defina el trabajo conjunto y permita la adopción consensuada de las decisiones y el ejercicio de las responsabilidades de las organizaciones colegiales en relación con el sistema de receta electrónica privada, de acuerdo con lo previsto en el referido artículo 14.4 del RD 1718/2010, se está ultimando la tramitación de un convenio de colaboración al efecto para su suscripción por los Consejos Generales.

En todo caso, en aras de la transparencia que siempre caracteriza la actuación de los Consejos Generales, ponemos a disposición de los interesados el documento en el que se recogen las especificaciones técnicas y de interoperabilidad de los sistemas de prescripción y los repositorios donde se alojen para que las prescripciones electrónicas realizadas en el sistema puedan ser dispensadas en cualquier farmacia.

Este documento puede sufrir cambios antes de su adopción definitiva , pero entendemos que está lo suficientemente avanzado para su publicación y conocimiento de los avances realizados para todos los interesados. 

La versión definitiva de estas especificaciones técnicas se publicará para su disposición por cualquier interesado, dando cuenta de tal carácter, una vez concluya la tramitación del referido Convenio de Colaboración.

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REQUISITOS AUTITORÍA DE CERTIFICACIÓN SISTEMAS Y REPOSITORIOS (JULIO 2020)

DOSIER SREP

DISEÑO TÉCNICO CONSULTA CN SUSTITUTO

CONDICIONES SISTEMAS Y REPOSITORIOS (JULIO 2020)

REQUISITOS PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN

DISEÑO TÉCNICO SERVICIOS NODOFARMA 2.07.1