Deberes y Derechos del podólogo con sus compañeros
- El Podólogo tiene el derecho y el deber de solicitar, en determinados casos, consejo a otro compañero, y éste tiene el deber de dárselo. Este consejo lo solicitará siempre que lo considere necesario para el paciente.
- La relación entre podólogos debe ser respetuosa, evitando el desprestigio público, debiendo dar a conocer las discrepancias dentro del Colegio profesional, y es únicamente cuando se agota esta vía, cuando puede recurrir a otras instancias.
- Cuando un podólogo comunique a su colegio, discreta y objetivamente, las infracciones de ética podológica y de competencia de sus colegas ello no supondrá faltar al deber de confraternidad.
- Los podólogos se abstendrán de criticar despreciativamente las actuaciones profesionales de sus colegas o de otros profesionales de la salud. Será circunstancia agravante el hacerlo delante del paciente, familiares o terceras personas o con publicidad, pudiendo ser sancionado como falta grave.
Os animamos a releer el Código Deontológico que podéis encontrar en nuestra web en este enlace: https://cgcop.es/newweb/codigo-deontologico/.
Y, sobre todo, os solicitamos su cumplimiento estricto.
La Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos